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Última actualización: 31 Enero 2024

DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE ARCHIVO

VIGENCIA 2024
VIGENCIA 2023


DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE ARCHIVO

VIGENCIA 2024
VIGENCIA 2023


TRÁMITES Y SERVICIOS


TRÁMITES SOAT: ACCIDENTE DE TRANSITO


Apreciado usuario, si requieres de servicios médicos a causa de un accidente de tránsito, recuerda que debes presentar:
Si el accidente ocurrió en otro municipio debes presentar:
Si el paciente no tiene tarjeta de propiedad ni SOAT, debe presentar el denuncio ante la policía y el documento de identidad.
Si el paciente no soporta los documentos mencionados anteriormente, sus servicios prestados por la institución se facturarán por particular, siendo el paciente responsable de realizar el pago.
Recuerda que el día de tu cita debes presentarte 30 minutos antes para el respectivo proceso de facturación, presentando los mismos documentos requeridos para la solicitud de la cita.
Luego debes pasar a sala de espera donde serás llamado por el médico tratante, si por algún motivo, no puedes asistir favor llama o acércate a nuestras ventanillas con anticipación y realiza la cancelación de la misma.

DEBERES Y DERECHOS
REGLAMENTO DE VISITAS
HORARIOS DE VISITA
BENEFICIOS
MITOS
DONDE DONAR
PREGUNTAS FRECUENTES
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Cuidados en el Embarazo |
Procedimientos Atención del Niño/Niña menores de 5 años |
Población Afrodescendiente del Depto de Arauca |
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Guía para la Atención y la Consejería Atención Integrada a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia |
Atención Integrada a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia |
Atención Integrada a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia |
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Población Afrodescendiente del Depto de Arauca |
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Guía para la madre puérpera |
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La importancia del PAI en las diferentes etapas de la vida |
Infórmate sobre Derechos y Deberes Población Afrodescendiente del Depto de Arauca |
Salud Oral para toda la Familia Hábitos saludables de higiene oral |
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Guía práctica |
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Prevención del Cáncer de Mama y Cervix Tríptico informativo |
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Vida Sexual Responsable y Saludable Cartilla para Jóvenes |
Invitación curso psicoprofiláctico |
Volante informativo |

RENDICIÓN DE CUENTAS

La Rendición de Cuentas es un proceso permanente mediante el cual la E.S.E. Hospital del Sarare informa, explica y da a conocer a la ciudadanía los resultados de su gestión institucional, administrativa, financiera, asistencial y misional.
Este proceso permite que los usuarios, asociaciones, veedurías, organismos de control y comunidad en general conozcan los avances, logros, dificultades, planes de mejora y resultados obtenidos por la entidad. Además, facilita el diálogo con la ciudadanía, la formulación de preguntas, la presentación de observaciones y el ejercicio del control social.
La rendición de cuentas debe desarrollarse de manera clara, oportuna, participativa y transparente, garantizando la publicación de información antes, durante y después de cada ejercicio realizado, bajo los lineamientos de la Circular 008 de septiembre de 2018 expedida por la Superintendencia Nacional de Salud.
Para la vigencia 2026:
Se incluye dentro del Programa de Transparencia y Ética Publica.
CAJA DE HERRAMIENTAS
La E.S.E. Hospital del Sarare invita a la ciudadanía, usuarios, veedurías y demás grupos de valor a participar en la construcción de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, postulando las temáticas de interés a través del siguiente enlace. Sus aportes son importantes para fortalecer el diálogo, la transparencia y la participación ciudadana.
HERRAMIENTAS DE EVALUACION PARA LA CIUDADANIA
La E.S.E. Hospital del Sarare informa a la ciudadanía, usuarios, veedurías y demás grupos de valor que se encuentra disponible el enlace para realizar la evaluación de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas. A través de este espacio podrán registrar sus opiniones, observaciones y recomendaciones, contribuyendo al fortalecimiento de la transparencia, la participación ciudadana y la mejora continua institucional.
Estrategia de rendición de cuentas
La publicación realizada incluye la información correspondiente al proceso de Rendición de Cuentas de la vigencia 2025, entre la cual se encuentran la estrategia de rendición de cuentas, el diagnóstico, el informe de gestión, el reglamento y el calendario de eventos de diálogo, con el fin de garantizar el acceso a la información pública y promover la participación ciudadana
BIBLIOTECA DE VIDEOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS


PERFIL EPIDEMIOLOGICO

VIGENCIA 2025
VIGENCIA 2024
VIGENCIA 2023
VIGENCIA 2022

Información general del Grupo de Notificaciones Administrativas
El capítulo V del título III, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que inicia con el artículo 65 regula lo relativo a las publicaciones, citaciones, comunicaciones y notificaciones de los actos administrativos, ello en desarrollo del principio de publicidad que es común al conjunto de la organización estatal, y que en cuanto hacer referencia a las actuaciones administrativas se encuentra consagrado en el numeral 9 del artículo 3° del citada normativa.
La finalidad de las reglas del mencionado capitulo consiste en dar a conocer el contenido de las decisiones administrativas a sus destinatarios, bien porque estén expedidas para el cumplimiento general de todos los asociados, bien porque creen derechos u obligaciones hacia una persona, bien porque haya terceros que deban saber de la existencia de las misma.
Si bien es cierto, el procedimiento administrativo es relativamente flexible, pues le da cierta libertad a las autoridades para que cumplan con sus funciones o presten los servicios a su cargo, de la manera más eficiente, adaptándose a las realidades e imperativos de sus propios objetivo; en materia de publicada de los actos hay una menor flexibilidad y las reglas son más detalladas, pese a lo cual deben interpretarse en el sentido dicho, esto es, en el de obtener el conocimiento del acto por quienes sean sus destinatarios.
Teniendo en cuenta lo anterior el procedimiento de citaciones, comunicaciones y notificaciones se puede definir como “el acto material o acción por la cual se da a conocer a uno o varios destinatarios, el contenido de las decisiones de la administración pública bien porque estén expedidas para el cumplimiento general de todos los asociados, bien porque creen derechos u obligaciones hacia una persona, bien porque haya terceros que deban saber de la existencia de las misma”.
Y su finalidad de conformidad con lo dispuesto en el principio de eficacia de las actuaciones administrativas que busca procurar la efectividad del derecho material objeto de las mismas, no es otra que “el entendimiento de las decisiones que adopten las autoridades.”
Con la adopción de la nueva estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante el Decreto 2462 de 2013, se estableció como una función de la Secretaría General “Dirigir y hacer seguimiento al proceso de notificación de actos administrativos expedidos por las dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud, con excepción de la Oficina de Control Disciplinario Interno y aquellos expedidos en ejercicio de la facultad jurisdiccional.”
Mediante Resolución 000180 de 2014 se creó el Grupo de Notificaciones el cual tiene como finalidad dar a conocer el contenido de las decisiones que tomen las áreas misionales y la Secretaría General a sus vigilados.

CORREO DE NOTIFICACIONES JUDICIALES

Comuníquese a través de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Nuestra Institución en Pro del bienestar de sus Usuarios y la Comunidad ha estructurado un Plan de Comunicación que permite informar, educar y comunicar las diferentes temáticas de interés en cuanto a acceso a los servicios, trámites, oferta de servicios, hábitos y estilos de vida saludables, entre otros.
Le invitamos a sintonizar los 88.3 de Sarare Fm Stereo, los días Lunes, Miércoles y Viernes a partir de las 10:40 am y los 89.3 de Armonía Fm los días Martes y Jueves a partir de las 07:00 am, para escuchar nuestro programa de radio Institucional Tu Salud al Día.
Si te perdiste alguno de nuestros Temas de Interés al Aire en Tu Salud al Día, puedes escucharlos dando clic sobre el icono de audio.

DERECHOS DE LOS USUARIOS

A). Recibir una atención médica integral de alta calidad, segura y oportuna.
B). Recibir información por el profesional de salud tratante siendo clara y comprensible sobre su estado de salud, diagnóstico, tratamiento y pronóstico.
C). Derecho a la confidencialidad y privacidad de la información médica.
D). Derecho a dar o negar su consentimiento para cualquier procedimiento médico. Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad a recibir tratamiento de salud.
E). Recibir tratado humanizado con respeto, dignidad y sin discriminación; edad, discapacidad, etnia y género, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tengan sobre los procedimientos.
F). Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno.
G). Elegir el profesional médico de su preferencia y horario que mejor le convenga a la hora de solicitar su cita, el usuario debe tener en cuenta que esto está sujeto; podrá ejecutarse según disponibilidad en la agenda del profesional deseado.
H). Recibir visitas durante la estancia hospitalaria según criterio médico y los horarios establecidos.
I). Recibir o rehusar apoyo espiritual cualquiera que sea el culto religioso que profesa.
j). A recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
K). A que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados para ejercer.
L). A recibir prestaciones de salud en las condiciones y términos consagrados en la ley.
M). A que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada y que únicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorización del paciente o en los casos previstos en la ley, y a poder consultar la totalidad de su historia clínica en forma gratuita y a obtener copia de la misma.
N). A la provisión y acceso oportuno a las tecnologías y a los medicamentos requeridos.
O). A la intimidad. Se garantiza la confidencialidad de toda información que sea suministrada en el ámbito del acceso a los servicios de salud y de las condiciones de salud y enfermedad de la persona, sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los eventos autorizados por la ley o las autoridades en las condiciones que esta determine.
P). A recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como a recibir una respuesta por escrito.
Q). A solicitar y recibir explicaciones o rendición de cuentas acerca de los costos por los tratamientos de salud recibidos.
R). A que se le respete la voluntad de aceptación o negación de la donación de sus órganos de conformidad con la ley.
S). A no ser sometido en ningún caso a tratos crueles o inhumanos que afecten su dignidad, ni a ser obligados a soportar sufrimiento evitable, ni obligados a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.
T). A que no se trasladen las cargas administrativas y burocráticas que les correspondeasumir a los encargados o intervinientes en la prestación del servicio.
U). Agotar las posibilidades de tratamiento para la superación de su enfermedad.
V). Recibir una segunda opinión por parte de un profesional de la salud disponible, en caso de duda sobre su diagnóstico y/o manejo de su condición de salud.
W). Recibir información sobre cuidados en el hogar después de ser atendido.
X). Manifestar el dolor físico y emocional y recibir tratamiento.
Y). Morir condignidad. Respeto a la voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.


PLAN INSTITUCIONAL DE ARCHIVO PINAR

VIGENCIA 2024
VIGENCIA 2021-2023
VIGENCIA 2018-2019


GESTIÓN DE INFORMACIÓN PÚBLICA



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